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Determinando

lo

indeterminable

 

La categoría de N.N. para denominar a personas halladas vivas o muertas, en condición de no identificación, no es gratuita. Sus orígenes son diversos, pero todos sirven al propósito de construir, de manera más completa y paradójicamente, la identidad de los cuerpos inidentificables. La solución fácil consiste en decir que es una sigla, equivalente a ¨Ningún Nombre¨ en español, ¨No Name¨ en inglés y ¨Nomen Nescio¨ en latín. Es totalmente cierto, de esta forma se usa en la mayoría de países hispanos y angloparlantes. Sin embargo, estas denominaciones no brindan el significado completo de N.N, para ello, hay que volver la cabeza sobre el hombro y dar una mirada hacia atrás, a la historia.

 

Las "Directivas para la persecución de las infracciones cometidas contra el Reich o las Fuerzas de Ocupación en los Territorios Ocupados" fueron el título para un decreto firmado y desarrollado el 7 de diciembre de 1941, cuando Alemania era gobernada por Adolf Hitler. El decreto consistía en una justificación desde políticas de gobierno para no acatar las directrices propuestas en la Convención de Ginebra, las cuales existían con el propósito de prescribir el trato hacia la población y los combatientes que se vieran envueltos en cualquier conflicto armado internacional.

 

A grandes rasgos, en las directrices y los casos en que el Tercer Reich utilizaba la represión y eliminación física de los oponentes políticos o ciudadanos en los territorios ocupados por el régimen, así como el proceder ante enemigos abatidos o heridos en el campo de batalla. Por su particular modo operativo que incluía la desaparición forzada de personas y el asesinato a prisioneros de guerra protegidos por las Convenciones de Ginebra, el decreto empezó a ser conocido como Decreto ¨Nacht und Nebel¨ o ¨Noche y Niebla¨, pero para fines prácticos, muchos le llamaron Decreto N.N.

 

 

Para este punto, se hace un poco más clara la connotación que subyace a la hora de denominar a alguien como N.N, y la alusión que el concepto hace a los más o menos 7.6 millones de desaparecidos a lo largo de la segunda guerra mundial.

 

La desaparición de personas como herramienta política o bélica siempre ha estado presente en la sociedad, pero como se vio, desde 1941 para acá sus cifras han aumentado de una manera alarmante. Los casos registrados han ocurrido en más de 80 países y, según la ONU, la documentación consultada sobre los últimos 30 años registra alrededor de 52.232 desapariciones forzadas cometidas por el estado, de las cuales 42.600 casos siguen sin conocer el paradero de la víctima.

 

Este estudio de la ONU se realizó en 2010, por tanto, es de esperar que la cifra para estos días sea en extremo preocupante. De todos los países, Naciones Unidas ha derivado denuncias a 25 de ellos, pero en su mayoría, sus gobiernos se justifican bajo la excusa de la seguridad y la protección a la integridad del estado.

 

Sin embargo, y en la mayoría de los casos, la desaparición forzada de personas obedece a ciertas condiciones políticas y sociales para ser empleada. El escenario más común se encuentra en las dictaduras militares, y para empezar a ver este crimen en contexto con Colombia, el ejemplo perfecto se encuentra en el plan de coordinación de operaciones entre las cúpulas de los regímenes dictatoriales del cono sur en América, llevada a cabo en la década entre 1970 y 1980, más conocido como el Plan Cóndor.

 

Los países que más activamente realizaban operaciones dentro de este plan eran Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y esporádicamente, Perú, Colombia, Venezuela y Ecuador. Además y como participante adicional, Estados Unidos se vinculó a través de la CIA, interesada en acabar cualquier brote de comunismo o socialismo latente en América Latina.

 

El objetivo del Plan Cóndor era el seguimiento, vigilancia, detención, interrogatorios con tortura, traslados entre países y desaparición o muerte de personas consideradas por dichos regímenes como no compatibles con las dictaduras militares de la región. En últimas, se constituyó como una organización clandestina internacional para la práctica del terrorismo de Estado, cuya principal herramienta fue el asesinato y desaparición de decenas de miles de opositores, la mayoría de ellos pertenecientes a movimientos de la izquierda política.

 

Este referente Latinoamericano de la desaparición forzada como crimen de estado dejó plasmado el número de víctimas que consiguió en archivos, denominados ¨Archivos del terror¨, pues consideró que serían convenientes para los años venideros, pues se pensó que la dictadura se prolongaría. Allí se hallaban consignados alrededor de 50 mil personas asesinadas, 30 mil víctimas de desaparición forzada y 400 mil encarceladas.

 

Como se pudo ver, lo más común es que desaparecer personas contra su voluntad es una herramienta de represión estatal durante una dictadura. Por ese mismo hecho es que entender la problemática en el país es complejo, pues la mayoría de desapariciones han tenido lugar en periodos donde Colombia se clasifica como Estado social de derecho. En ningún momento es un crimen justificable, pero al menos sería entendible que ocurrieran algunos casos aislados, pues ningún gobierno del mundo está exento de ello, pero las cifras son equiparables a las de una dictadura.

 

Estas no son exactas, pues la estrategia se ha desarrollado de manera subrepticia en el país y no hay cifras concretas, pues cambian de un organismo a otro. Mientras el Sistema de Información de Desaparecidos de Medicina Legal reporta cerca de 21 mil casos, la Fiscalía registra unos 26 mil, en tanto que en la Unidad Nacional de Reparación a Víctimas hay denunciados unos 31 mil casos por desaparición forzada.

 

La vaguedad de las cifras se debe principalmente a dos factores. El primero es la tardía legislación sobre dicho crimen por lo impreciso de su naturaleza, es decir, lo parecido que era a otros, y el segundo a que no se tiene una fecha concreta de su uso estratégico en el país. La demora en su legislación se debió en parte a que no fue hasta 1970 se judicializó el primer caso colombiano de desaparición forzada, hasta 1991 que se estableció un derecho a que nadie fuese sometido a dicho crimen, y hasta el año 2000 en que finalmente se constituyó legalmente como delito punible, cuyas víctimas eran tanto el desaparecido como su familia. Además también, se debe a que para le época en que se juzgó el primer caso, no se distinguía entre desaparición, secuestro, reclutamiento y trata de personas, pues todos ellos podían acabar en la pérdida irremediable del individuo.

 

El secuestro tiene fines generalmente extorsivos, políticos o sociales. Cuando se secuestra a alguien, se quiere recibir algo a cambio, siempre. En el reclutamiento forzado, cogían gente entre los 12 y  30 años y se los llevaban para el monte donde los obligaban a ser parte de los grupos armados. Con la trata de personas, a las niñas se las llevaban y las prostituían en la frontera, o dentro del país las cogían para plantas o hacer pasta de coca obligados. Lo común a estos dos delitos es que nadie volvía a verlos, una vez se los llevaban.

 

La desaparición forzada, como tal, no tiene una finalidad económica. Pretende desaparecer a la persona que se lleva. En ningún momento la intención es pedir algo a cambio, pues el propósito es acabar con su existencia, por eso mismo, es difícil encontrar vivo a un sujeto víctima de este crimen.

 

En cuanto al segundo factor, es decir, el origen de la práctica en Colombia, es quizás aún más difícil que determinar una cifra, pues ambos van de la mano. Si se quisiera, la desaparición forzada podría rastrearse hasta los días de la colonia, pero un análisis tan profundo no tiene sentido por la falta de documentación.

 

Entonces, en un intento de memoria con la historiadora del Centro de Memoria Paz y Reconciliación, Alejandra Gaviria, se puede decir que se impone como una estrategia de eliminación del oponente político en Colombia, en la época del estatuto de seguridad del presidente Turbay Ayala. Es así porque a las fuerzas militares se les dio una potestad gigantesca y ningún estamento las regulaba, por ende, empezaron a sufrir desmanes. Los ejemplos han sido lo suficientemente claros como para poder decir que este hecho responde a una política donde las doctrinas militares han asumido buscar al enemigo interno, es decir, al ciudadano que piense diferente. En el caso colombiano, desde la época de Turbay no se ha cambiado este paradigma.

 

Este pensamiento responde a un esquema que se presentó en la dictadura militar Argentina de 1976, al que se le denominó ¨Teoría de los dos demonios¨. Según esta, las fuerzas armadas de un país y sus actos bélicos son equiparables a los perpetrados por los grupos armados ilegales. Planteado de esta forma, en esa interacción de fuerzas no hay victimarios sino víctimas, las guerrillas lo justifican diciendo que se vieron obligados a tomar las armas por la defensa de una minoría y el ejército del país dirá que lo hacía en defensa de la democracia. Así pues, se justificaron los actos de violencia y terrorismo argentinos, y se pueden justificar los colombianos.

 

 

"Mientras el Sistema de Información de Desaparecidos de Medicina Legal reporta cerca de 21 mil casos, la Fiscalía registra unos 26 mil, en tanto que en la Unidad Nacional de Reparación a Víctimas hay denunciados unos 31 mil casos por desaparición forzada."

Exposición del Centro de Memoria, Paz y Reconciliación sobre las víctimas de la guerra y la desaparicón forzada. Diseñada por el artista Juan Manuel Echavarría y articulado por el curador Nicolas Sanchez.

Requiem NN, es la obra de arte del artista Juan Manuel Echavarría, quien plasmó a tamaño real las tumbas de NN que en Puerto Berrío - Antioquia, los habitantes adoptaron para cuidar y pedir que sus deseos fueran concedidos.

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